PREGUNTAS FRECUENTES

El Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica es un instrumento de gestión ambiental cuyo objetivo es disminuir los niveles del contaminante Material Particulado y sus precursores en el aire en Concepción Metropolitano. Consiste en aplicar una serie de medidas a corto, mediano y largo plazo que limita las emisiones de todos los tipos de fuentes con la finalidad de reducir las emisiones en la zona. Lo anterior, ocurre porque en estas comunas se han superado los límites normativos para Material Particulado fino o MP 2,5 y se encuentra muy cercano a los límites la concentración del Material Particulado Grueso o MP10, decretando zona saturada y zona latente respectivamente. Estos límites son fijados con el objetivo de establecer las concentraciones de contaminantes en el aire, que no son perjudiciales para la salud de las personas. Por esto es muy importante mantener los niveles de contaminantes dentro de los límites establecidos en nuestras normas nacionales.

El plan tiene una vigencia de 10 años desde el 17 de diciembre de 2019, y puede ser revisado al quinto año de ejecución. Contempla las comunas de Lota, Coronel, San Pedro de la Paz, Concepción, Chiguayante, Hualqui, Hualpén, Talcahuano, Penco y Tomé.

Debido a que la contaminación en estas comunas se produce principalmente por el uso de calefacción a leña en las viviendas (60%) y por las industrias (34%), las principales medidas son:

  • Uso y mejoramiento de la calidad de la leña
  • Uso y mejoramiento de artefactos
  • Programa de Recambio de Calefactores
  • Mejoramiento de la eficiencia térmica de viviendas
  • Control de emisiones de fuentes fijas

Además el transporte y otras fuentes también aportan a la contaminación por lo que hay otras medidas complementarias:

  • Control de emisiones asociadas a fuentes móviles
  • Control de emisiones asociadas a quemas agrícolas, forestales y domiciliarias
  • Compensación de emisiones
  • Generación de áreas verdes y ciclovías.
  • Educación y difusión ambiental.

Y contamos con una medida especial, que permitirá enfrentar los días de mala calidad del aire, mientras implementamos las medidas de mediano y largo plazo, se trata de la Gestión de Episodios Críticos (GEC), donde se establecerán medidas de prevención y mitigación para días en que se pronostique Alerta, Preemergencia y Emergencia, tanto a las viviendas como a las fuentes industriales

Se realiza mediante equipos que permiten cuantificar MP2,5, MP10, CO, NOx, SO2 y ozono, y estos equipos reciben una mantención y revisión semanal para asegurar la continuidad de las mediciones. Existen 6 estaciones de monitoreo, ubicadas en las comunas de Coronel, Talcahuano, Concepción, Hualqui, Tomé y Chiguayante. Estas estaciones resultan suficientes para representar los niveles de contaminación dadas las características de la cuenca atmosférica.

Sí, a través de una página web las estaciones entregan los datos que miden en línea en el sitio sinca.mma.gob.cl. En esta plataforma la población puede observar los niveles en tiempo real, y así, adoptar las medidas correspondientes de protección frente a un episodio de mala calidad del aire.

El plan permitirá disminuir los niveles de contaminación del aire y por lo tanto, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Concepción Metropolitano. Sin embargo, esto ocurrirá a partir de un cambio en nuestras costumbres, adaptándose a nuevas condiciones, donde todos formamos parte de la solución al problema de mejorar la calidad del aire.

La Gestión de Episodios Críticos, es una medida efectiva, en el corto plazo, que permite disminuir los niveles de contaminantes en el aire, en días de episodios críticos, que generalmente se acompañan de los siguientes factores: mala ventilación, pocas o nulas precipitaciones y bajas temperaturas.

Es una medida paliativa que inicia el 1 de abril y termina el 30 de septiembre, a través de la elaboración del pronóstico diario de Calidad del Aire para el dia siguiente, y cuya finalidad es, de existir episodios Críticos de mala Calidad del Aire se efectúan restricciones diarias, tanto para viviendas como para industrias, a fin de evitar el aumento de los niveles de contaminación en un período de 24 horas. En específico, restringe los humos visibles de las estufas de nuestras viviendas y prohíbe el funcionamiento de calderas u otras fuentes estacionarias con combustión de las industrias. Estas medidas aplican a la zona urbana de las diez comunas, como se muestra en la siguiente imágen:

mapa

Son 5 los pronósticos posibles: Bueno, Regular, Alerta, Preemergencia y Emergencia. Para alerta hay prohibición de humos visibles de 18:00 a 00:00, preemergencia de 18:00 a 06:00, y emergencia las 24 horas del día. Esto no obliga a apagar la estufa, pero en algunos casos, debido a la antigüedad de la tecnología o mayor humedad de la leña, no se puede hacer funcionar el calefactor sin emisión de humos visibles.

Para las empresas hay restricciones de operación que consiste en detención de calderas mayores a 20 MW térmicos de potencia y fuentes estacionarias con combustión no acreditadas al 1 de abril, para preemergencia entre las 18:00 y las 00:00 y para emergencia las 24 horas. Sin embargo, quedan exentas si cumplen límites de emisión de MP menor a 25 mg/m3, si usan combustible gaseoso o si por razones técnicas, de seguridad o ambientales no puede parar, presenta un plan de ajuste operacional para mitigar o compensar las emisiones en días de episodio crítico a lo largo del período GEC.

Seremi de Salud fiscaliza al sector residencial y la Superintendencia de Medio Ambiente fiscaliza al sector industrial. Si no acatamos las medidas en nuestras casas, la Seremi de Salud puede iniciar un proceso sancionatorio que puede derivar en una multa. Por esto es importante estar informados y adoptar las medidas necesarias.

En el sitio SINCA para ver los niveles de contaminantes en el aire en tiempo real, y en airechile.mma.gob.cl para información acerca del pronóstico diario y de las medidas asociadas a este.

A través de la OIRS de la Seremi del Medio Ambiente de la Región del Biobío, o directamente en la SEREMI de Salud o Superintendencia del Medio Ambiente de la Región del Biobío.

El constatado es el episodio registrado al dia siguiente de ocurrido(alerta, preemergencia o emergencia) por las alguna de las 6 estaciones de monitoreo existentes en un promedio móvil en 24 horas de concentración de material Particulado MP2,5 o MP10.

El pronosticado es el episodio que se pronostica el dia antes que ocurra, en función de un modelo de pronóstico, condiciones meteorológicas actuales y esperadas (temperatura, lluvia, ventilación, factor de ventilación) y la idea es que sea preventivo, es decir, que en función de las medidas adoptadas por todos los emisores no se alcance o supere lo pronosticado.

Valor que indica la concentración promedio de un contaminante en las últimas 24 horas, pero actualizada hora a hora. Por ejemplo, un promedio de las concentraciones de MP2,5 desde las 00:00 de un día, hasta las 23:00 del mismo día, y consecutivamente va cambiando hora a hora.

Con la finalidad de reforzar la difusión directa con la comunidad se ha establecido un Plan de Educación y difusión del PPDA según los que se estable el en PPDA.


  • Luis Eduardo García Asenjo/ Calle 7, #725, Villa Simón Bolívar, Barrio Norte, Concepción/ Contacto: +56998275562
  • Comercial Dinamarca SpA/ Los Copihues, #51, Palomares, Concepción/ Contacto: +56959620458
  • José Gilberto Rodríguez Ulloa/ Av. Collao, #1960, Concepción/ Contacto: +56995901306
  • Alfonso del Tránsito Roa Neira/ Camino a Bulnes, km 18, Puente N°2, Concepción/ Contacto: +56999198230
  • Maderas El Laurel Ltda./ Km 11, Camino a Bulnes, Concepción/ Contacto: +56966472773
  • Biopellet Lo Galindo/ Calle Los Notros, #2584, Concepción/ Contacto: +56996900398

  • Medidas que contempla la Gestión de Episodios Críticos GEC

    1. Se prohíbe, al interior de las comunas de la zona sujeta al Plan y según los polígonos definidos por la autoridad, la emisión de humos visibles de artefactos a leña entre las 18:00 y 00:00 horas.
    2. Actividades físicas: Se recomienda para efectos de la realización de actividad física, remitirse a lo señalado en la “Guía14 de recomendaciones de Actividad Física con Alerta Ambiental” de la Subsecretaría de Salud Pública. Esta medida se aplicará en toda la zona sujeta al Plan.

    1. Se prohíbe, al interior de las comunas de la zona sujeta al Plan y según los polígonos definidos por la autoridad, la emisión de humos visibles de artefactos a leña entre las 18:00 y 06:00 horas.
    2. A partir de 24 meses desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe la emisión de humos visibles de hornos tradicionales chilenos que usen leña como combustible, en la zona sujeta al Plan, durante las 24 horas. La fiscalización de esta medida corresponderá a la SEREMI de Salud.
    3. Fuentes Estacionarias: Se prohíbe, al interior de las comunas de la zona sujeta al Plan y según los polígonos definidos por la autoridad, entre las 18:00 y 00:00 horas, el funcionamiento de:
      • 3.1 Calderas con una potencia térmica mayor a 20 MW térmico.
      • 3.2 Fuentes estacionarias con combustión, que debiendo acreditar emisiones no lo hayan realizado antes del 1 de abril del año correspondiente.

    4. Actividades físicas: Se recomienda para efectos de la realización de actividad física, remitirse a lo señalado en la “Guía de recomendaciones de Actividad Física con Alerta Ambiental” de la Subsecretaría de Salud Pública. Esta medida se aplicará en toda la zona sujeta al Plan.

    1. Se prohíbe al interior de las comunas de la zona sujeta al Plan y según los polígonos definidos por la autoridad, la emisión de humos visibles de artefactos a leña durante las 24 horas.
    2. A partir de 24 meses desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe la emisión de humos visibles de hornos tradicionales chilenos que usen leña como combustible, en la zona sujeta al Plan, durante las 24 horas. La fiscalización de esta medida, corresponderá a la SEREMI de Salud.
    3. Se prohíbe, al interior de las comunas de la zona sujeta al Plan y según los polígonos definidos por la autoridad, el funcionamiento de:
      • 3.1 Calderas con una potencia térmica mayor a 20 MW térmico