Municipalidad de Concepción

Derechos de aseo

1. ¿Quiénes deben pagar Derecho de Aseo?

El derecho por el servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios se cobrará a todos los usuarios por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, quiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fija la tarifa usando como base de cálculo el procedimiento establecido en el Decreto 69, de 2006, del Ministerio de Economía, Reglamento para fijar Tarifa de Derechos de Aseo, y la Ordenanza respectiva. En los casos de más de un usuario en una misma propiedad, corresponde realizar el cobro a todos esos usuarios.

El Municipio podrá cobrar este derecho municipal, vía convenio con el Servicio de Impuestos Internos y con el Servicio de Tesorería, junto al impuesto territorial. Lo podrá cobrar junto con la respectiva patente municipal, con excepción de las que acrediten su funcionamiento como domicilio tributario postal. Y lo podrá cobrar directamente a las propiedades exentas de pago de impuesto territorial, hasta en cuatro cuotas con el vencimiento que determine el Municipio

2. ¿Quiénes están exentos de pagar el Derecho de Aseo?

Conforme el artículo 7 del Decreto Ley 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, quedarán exentos automáticamente los usuarios cuyas viviendas o unidad habitacional tenga un avalúo fiscal igual o inferior a 225 unidades tributarias mensuales. Y en el caso de la Comuna de Concepción, conforme el artículo 15 de la Ordenanza 3, de 1996, sobre Determinación de la Tarifa de Aseo Domiciliario, quedarán exentas aquellas personas naturales usuarias de sólo una vivienda o unidad habitacional cuyo avalúo fiscal sea igual o inferior a 360 unidades tributarias mensuales

Finalmente, quedarán exentos del pago de la tarifa de aseo por extracción domiciliaria de basura, aquellos de sólo una vivienda, que se encuentren exentos del pago de contribuciones de bienes raíces y que reúnan uno o más de los siguientes requisitos:

  1. Poseer una calificación en el Registro Social de Hogares entre el 40 % y el 60 % de menores ingresos o mayor vulnerabilidad, cuyo registro debe ser de la comuna y que acrediten residencia en el domicilio del inmueble cuya exención se solicita;
  2. Adultos mayores, entendiéndose por tales, aquellas personas que tienen 60 o más años de edad, que acrediten residencia en el domicilio del inmueble cuya exención se solicita y sean propietarios de éste;
  3. Personas en Situación de Discapacidad y/o un miembro del grupo familiar, inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad, en grado moderado, severo o profundo, que acrediten residencia en el domicilio del inmueble cuya exención se solicita;
  4. Las personas que presenten enfermedades catastróficas y/o un miembro del grupo familiar con diagnóstico médico que lo certifique, que acrediten residencia en el domicilio del inmueble cuya exención se solicita;
  5. Organizaciones, asociaciones, agrupaciones, corporaciones y fundaciones que persigan fines exclusivos de beneficencia sin fines de lucro, que tengan como objeto principal el beneficio de personas indeterminadas, mediante la ayuda gratuita a personas necesitadas que sean usuarios directos, debidamente acreditado por instrumento público o propietarios de un bien inmueble ubicado en el territorio comunal
3. ¿Dónde puedo tramitar la Actualización de la información de un Rol de Propiedad?
Conforme lo indica el artículo 16 de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, los roles de los avalúos de los bienes raíces del país, deberán ser mantenidos al día por el Servicio de Impuestos Internos utilizando, entre otras fuentes: La información que emane de las escrituras públicas de transferencia y de las inscripciones que se practiquen en los registros de los conservadores de bienes raíces. Si el Municipio no tiene actualizada la información, se puede solicitar su actualización de forma presencial en la Oficina de Ingresos y Cobranza, ubicada en Barros Arana 544, 2° Piso, Oficina 208, de lunes a viernes de 08:45 a 13:45 horas. Sus consultas las puede realizar al correo electrónico cobranza@concepcion.cl. Formulario
4. ¿Dónde puedo tramitar la Exención del pago del Derecho de Aseo?
La postulación a la exención se puede realizar a través de la página web https://www.concepcion.cl o de forma presencial en la Oficina de Subsidios, ubicada en O’Higgins 525, 3° Piso, Oficina 309, de lunes a viernes de 08:45 a 13:45 horas. Sus consultas las puede realizar al correo electrónico subsidiosypensiones@concepcion.cl. Exención de aseo domiciliario Formulario
5. ¿Dónde puedo revisar la tramitación de una solicitud de Exención del pago del Derecho de Aseo?
La tramitación de una Solicitud, en el Sistema de Gestión Documental, se puede realizar en línea en la página www.concepcion.cl Consulta de documentación
6. ¿Dónde puedo pagar el Derecho de Aseo?
El pago del derecho de aseo se puede realizar en línea en la página www.concepcion.cl Pago Derechos de Aseo
7. ¿Cuáles son los Requisitos para solicitar un Convenio de Pago?
El Municipio está facultado para otorgar facilidades de hasta un año para el pago por concepto de deuda de Patente Municipal, mediante un Convenio de Pago, conforme lo indica la Ordenanza N° 1, de 2023, sobre Cobranza de Patentes, Permisos y Derechos Municipales Morosos. Estos convenios establecen la obligatoriedad del pago inicial de a lo menos el 20 % del monto total de la deuda. La periodicidad de las cuotas será mensual, hasta un año (El pago inicial más 11 cuotas).
  • Formulario de Solicitud de Convenio de Pago;
  • Para realizar el convenio de pago está obligado al pago inicial del 20 % del monto total de la deuda;
  • Si quien firma el Convenio de Pago es el representante legal debe adjuntar:
  • Copia de la Cédula Nacional de Identidad, de la persona natural o representante legal de la persona jurídica, por ambos lados;
  • Copia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, y
  • Certificado de Vigencia de la Sociedad y del Representante Legal, solo si la constitución de la sociedad es superior a doce meses;
  • Si quien firma el Convenio de Pago es un tercero debe adjuntar:
  • Copia de la Cédula Nacional de Identidad, por ambos lados, y
  • Autorización Notarial de quien realice el trámite
Formulario
8. ¿Dónde puedo solicitar un Certificado de No Deuda del Derecho de Aseo?
La solicitud se puede realizar de forma presencial en la Oficina de Ingresos y Cobranza, ubicada en Barros Arana 544, 2° Piso, Oficina 208, de lunes a viernes de 08:45 a 13:45 horas. Sus consultas las puede realizar al correo electrónico cobranza@concepcion.cl Formulario
9. Beneficio Ley 21.554, sobre Facilidades de Pago para Derechos de Aseo

La mencionada ley otorga las siguientes facultades al Municipio, por doce meses, desde la publicación de la ley, esto es hasta el 18 de abril de 2024:

  • Condonar hasta el 100 % de multas en intereses cuando la deuda se pague al contado
  • Condonar hasta el 70 % de multas e intereses en caso de que se suscriba un convenio de pago
  • Condonar el total de las deudas, incluyendo multas e intereses, que posean una data mayor a cinco años de antigüedad, contados desde la fecha en que se hacen exigibles

El acceso a este beneficio se puede realizar de forma presencial en la Oficina de Ingresos y Cobranza, ubicada en Barros Arana 544, 2° Piso, Oficina 208, de lunes a viernes de 08:45 a 13:45 horas. Sus consultas las puede realizar al correo electrónico cobranza@concepcion.cl

 

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